Traducción jurada para el Certificado de Emigrante Retornado: tus documentos listos para el retorno

certificado de emigrante retornado

Fecha de publicación: 21/10/25

Escrito por Laura López, Senior Project Manager en Mc LEHM.

Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Cuando decides volver a España tras trabajar o residir en el extranjero, es muy frecuente que necesites el Certificado de Emigrante Retornado (CER), un documento clave que acredita tu condición de emigrante retornado y te permite acceder a ayudas, prestaciones y trámites especializados.
Para que este certificado sea aceptado por las autoridades españolas, cualquier documento emitido en otro país debe estar acompañado por una traducción jurada oficial al español. En Mc LEHM ofrecemos este servicio de forma rápida, segura y digital.

¿Qué es el Certificado de Emigrante Retornado?

El Certificado de Emigrante Retornado acredita que eres de nacionalidad española, que has trabajado o residido en el extranjero y que has retornado a España estableciendo tu residencia en territorio nacional.

Es requisito para acceder a ciertas prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como el subsidio para emigrantes retornados o la prestación por desempleo de nivel asistencial.

Documentación necesaria (y por qué requiere traducción jurada)

Algunos de los documentos que usualmente se solicitan para tramitar el CER incluyen:

    • DNI o pasaporte español.

    • Certificado de baja consular o prueba de salida del país donde residías.

    • Justificante del retorno a España, como certificado de empadronamiento o billete de transporte.

    • Contratos laborales, certificados de cotización o tributación en el país de residencia extranjera

    • Declaración de que no se ha percibido prestación por desempleo en el país extranjero.

Cuando alguno de estos documentos está redactado en un idioma distinto del español o no se ajusta a estándares de validación, la autoridad competente puede exigir su traducción jurada al español o, en determinados casos, su legalización o apostilla.

¿Por qué es tan importante la traducción jurada?

Las autoridades españolas solo aceptan traducciones realizadas por traductores jurados debidamente autorizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUEC).

Sin traducción jurada, tu expediente podría quedar incompleto, lo que retrasa o incluso impide la obtención del certificado.

Las traducciones oficiales aportan claridad, precisión terminológica y cultura adaptada al idioma de destino, aspectos esenciales en documentos con valor administrativo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar los documentos en otro idioma sin traducir?

No. Si el documento original está en un idioma distinto del español, la autoridad puede exigir una traducción jurada para aceptarlo.

¿Qué países exigen apostilla o legalización además de traducción?

Los documentos de países que no tienen convenio de reconocimiento automático con España pueden requerir legalización o apostilla antes de traducirse.

¿Cuándo debo solicitar la traducción?

Lo más pronto posible: idealmente antes de presentarte en la Delegación o Subdelegación del Gobierno para tramitar el CER y así evitar demoras.

¿Es obligatorio estar empadronado?

Para tramitar el CER, debes acreditar retorno a España, usualmente mediante empadronamiento o documento equivalente.

La presentación de tus documentos con traducción jurada oficial es una parte esencial del trámite del Certificado de Emigrante Retornado. Gracias a Mc LEHM, puedes completar este paso con rapidez, seguridad y total conformidad con la normativa española.

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